Por razón del régimen jurídico al que están sujetos, los bienes y derechos que integran el patrimonio de las Administraciones públicas pueden ser de dominio público o demaniales y de dominio privado o patrimoniales. Son bienes y derechos de dominio público los que, siendo de titularidad pública, se encuentren afectados al uso general o al servicio público, así como aquellos a los que una ley otorgue expresamente el carácter de demaniales. Son bienes y derechos de dominio privado o patrimoniales los que, siendo de titularidad de las Administraciones públicas, no tengan el carácter de demaniales.
Descripción
Se encarga de la tramitación de los distintos procedimientos cuyo objeto es el otorgamiento de concesiones y autorizaciones, adjudicación de enajenaciones y arrendamientos y, en su caso, otras operaciones tales como alteraciones de calificación jurídica, permutas, etc. que afecten a los bienes y derechos incluidos en el Patrimonio Municipal y no reservados a otras Concejalías por su ámbito competencial, asumiendo las tareas de seguimiento de los expedientes desde su inicio de oficio o admisión a trámite de las correspondientes solicitudes hasta la formalización de los contratos o emisión de títulos habilitantes y, en su caso, elevación a escritura pública. Así mismo, es función del Servicio de Contratación y Patrimonio, el mantenimiento y actualización del Inventario Municipal.
El patrimonio de las Administraciones públicas está constituido por el conjunto de sus bienes y derechos, cualquiera que sea su naturaleza y el título de su adquisición o aquel en virtud del cual les hayan sido atribuidos. No se entienden incluidos en el patrimonio de las Administraciones públicas el dinero, los valores, los créditos y los demás recursos financieros de su hacienda.
La gestión y administración de los bienes y derechos patrimoniales por las Administraciones públicas se ajustarán, en general, a los siguientes principios:
- Publicidad, transparencia, concurrencia y objetividad en la adquisición, explotación y enajenación de estos bienes.
- Identificación y control a través de inventarios o registros.
- Eficiencia y economía en su gestión.
- Eficacia y rentabilidad en la explotación de estos bienes y derechos.
- Colaboración y coordinación entre las diferentes Administraciones públicas, con el fin de optimizar la utilización y el rendimiento de sus bienes.
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